sábado, 24 de diciembre de 2011

La Cámara aprueba una enmienda que permite la celebración pública de actos religiosos sin la autorización previa

CIUDAD DE MÉXICO (Agencia Fides 21/12/2011).  La Cámara de Diputados de México acaba de aprobar con los votos del Partido Acción Nacional (PAN), la propuesta del presidente Felipe Calderón y del PRI (Partido Revolucionario Institucional): se trata de una enmienda al artículo 24 de la Constitución que permite la celebración pública de actos religiosos sin el permiso previo. Aunque si todavía queda la aprobación del Senado, el cambio ha dividido el PRI y ha alarmado a la izquierda, temiendo que este cambio se convierta en la puerta por la que las organizaciones religiosas puedan ser capaces de obtener concesiones de radio y televisión o para entrar en el sistema educativo.
De la información recogida por la Agencia Fides, la situación no es del todo pacífica, ya que un grupo de políticos insiste en limitar "la libertad religiosa". Por ejemplo, según el Secretario de la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados, Enoé Uranga, se debe especificar todo lo posible cada cosa para evitar malas interpretaciones.

A partir de las entrevistas a la prensa, la parlamentaria Paola Rojas (PRD) dijo que no es lo mismo celebrar lo sagrado en un local cerrado que salir a la calle para manifestarse por motivos religiosos. Hay un cambio radical en el concepto del artículo 24: del concepto de libertad religiosa ahora se pasa al de libertad de religión. Así que no es un privilegio de la Iglesia Católica, sino una apertura a todas las religiones.
 
El Cardenal Norberto Rivera Carrera, Arzobispo de México, a la pregunta hecha sobre la reforma de la Cámara de Representantes en el artículo 24 de la Constitución, respondió que era algo de esperar, porque ya el primer artículo habla de la igualdad de derechos para todos los mexicanos, y esta reforma es necesaria, ya que expresa cómo la Constitución se adapta a los tratados internacionales que el país ha ratificado. "Todo ser humano tiene el derecho a la libertad religiosa, de creer o no creer, y de practicar o no practicar. Todos aquellos que creen en los derechos humanos debe estar contentos, porque este concepto finalmente se aplica en el artículo Primero de la Constitución".