CIUDAD DEL VATICANO (http://press.vatican.va - 17 de diciembre de 2019).- Decisión histórica fruto de la cumbre de febrero
Con la abolición del secreto pontificio para los casos de violencia
sexual y abuso de menores, Francisco continúa en la senda de la
transparencia.
Andrea Tornielli
La cumbre sobre la protección de los menores convocada en febrero de
2019 por Francisco en el Vaticano sigue dando sus frutos: hoy, martes 17
de diciembre, se anuncia una decisión importante -que no es arriesgado
llamar histórica- sobre el secreto pontificio. De hecho, el Papa ha
decidido, con un rescripto, abolirlo en casos de abuso de menores,
violencia sexual y pornografía infantil.
Esto significa que las denuncias, testimonios y documentos procesales
relativos a los casos de abusos conservados en los archivos de los
Dicasterios Vaticanos, así como aquellos que se encuentran en los
archivos de las diócesis, y que hasta ahora estaban sujetos al secreto
pontificio, podrán ser entregados a los magistrados instructores de los
respectivos países que los soliciten. Es un signo de apertura,
disponibilidad, transparencia, y colaboración con las autoridades
civiles.
En el caso de los Dicasterios Vaticanos, la solicitud debe ser
enviada a través de una carta rogatoria internacional, usual en el
contexto de las relaciones entre Estados. El procedimiento es diferente
en los casos en que los documentos solicitados se guardan en los
archivos de las curias diocesanas: de hecho, los magistrados
instructores de los respectivos países enviarán la solicitud
directamente al obispo. De todos modos, no se verán afectados los
regímenes particulares que pueden estar previstos en acuerdos o
concordatos entre la Iglesia y el Estado.
Es evidente el alcance de la decisión del Papa FRANCISCO, que se vincula al motu proprio Vos estis lux mundi
del pasado mes de mayo: el bien de los niños y jóvenes debe estar
siempre por encima de cualquier protección del secreto, incluso del
“pontificio”. El rescripto, obviamente, no afecta en modo alguno al
sigilo sacramental, es decir, el secreto de la confesión, que es algo
muy diferente del secreto pontificio sobre los actos y los testimonios.
Tampoco significa que los documentos de los juicios deban ser de
conocimiento público y, por lo tanto, estén destinados a ser divulgados.
La reserva de las víctimas y de los testigos deberá protegerse siempre.
Pero ahora la documentación deberá ponerse a disposición de las
autoridades civiles para la investigación de los casos ya implicados en
los procedimientos canónicos.
(Publicado en Vatican News y L'Osservatore Romano del 17 de diciembre)