CIUDAD DEL VATICANO (http://press.vatican.va - 15 de noviembre de 2018).-
Se ha inaugurado hoy en la Lumsa de Roma el 8º Simposio internacional
"Derechos fundamentales y conflictos entre derechos" (15-16 de
noviembre de 2018) organizado por la Fundación Vaticana Joseph
Ratzinger - Benedicto XVI en colaboración con la Universidad Lumsa, en el
70.mo aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y
en el vigésimo aniversario de la concesión del Doctorado honoris causa de la Universidad al entonces Cardenal Joseph Ratzinger.
Publicamos a continuación el discurso pronunciado por el Secretario de Estado, el Cardenal Pietro Parolin durante el Simposio:
Discurso del Cardenal Secretario de Estado
Rector magnífico,
Reverendo Presidente de la Fundación Ratzinger / Benedicto XVI
Ilustres oradores,
Señoras y señores,
Agradezco a los organizadores, especialmente al Padre Federico Lombardi,
Presidente de la Fundación Ratzinger / Benedicto XVI, su cordial
invitación aparticipar en este Simposio que precede a la presentación
del Premio Ratzinger. Particularmente significativo es el tema elegido
este año para el congreso, que tiene como desafiante título: “Derechos fundamentales y conflictos entre derechos”, dedicado por completo a los derechos humanos en el 70 aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos del 10 de diciembre de 1948.
Los derechos humanos son, sin duda, un tema de gran actualidad,
complejo y, a veces, controvertido. Las intervenciones de estos días nos
brindan análisis importantes y significativos, que destacan aspectos
clave de la discusión, desde el origen y el fundamento de los derechos
humanos, pasando por su jerarquía e interacción mutua hasta los límites
donde pueden o deben llegar. El tema de mi intervención pretende
abordar el ámbito de investigación desde una perspectiva diferente,
centrándose especialmente en los interlocutores de la Santa Sede en el
campo de los derechos humanos y, por lo tanto, en el diálogo que
establece con la comunidad internacional.
Ciertamente, no podemos olvidar que la actitud de la Iglesia y su
propensión al diálogo sobre el tema han ido evolucionando a lo largo de
los siglos desde que la expresión apareció en los comienzos de la
Revolución Francesa en la Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano, del 26 de agosto, 1789.
Como se sabe, al principio se rechazó cualquier diálogo posible al
respecto con la sociedad. Los derechos humanos se percibían
exclusivamente como un intento de subvertir los auténticos valores
cristianos en los que se basaba la convivencia civil[1] y la voluntad de crear una sociedad en cuya base hubiera un sistema legal liberado de la religión[2].
Los derechos del ciudadano aparecían así como "una propaganda engañosa
difundida por aquellos que en realidad pretendían subvertir todo buen
ordenamiento de la vida colectiva, mientras que los" derechos humanos"
reales consistían en la obediencia, según los dictados de la Iglesia, a
los deberes inculcados por la ley natural y divina y traducidos a ley
positiva ".[3]
El lenguaje de los derechos entra lentamente en la vida de la Iglesia con el desarrollo de la doctrina social. La Encíclica Rerum novarum de León XIII mencionará el derecho de propiedad, vinculando el concepto de propiedad privada con el derecho natural
y recordando que "las leyes civiles [...], cuando son justas, deducen
su vigor de esa misma ley natural, confirman y amparan (cf. S. Th. II,
Q. 95, A. 4), incluso con la fuerza este derecho de que hablamos”.[4]
Tras los dramáticos acontecimientos de la Segunda Guerra Mundial y
con la instauración de una nueva relación con la modernidad en los años
del Concilio Vaticano II, la Iglesia abandonó la dialéctica inicial y se
convirtió ella misma en promotora de los derechos humanos
fundamentales, aunque sin renunciar a subrayar las prerrogativas de la
ley divina. “No hay ley humana –afirma Gaudium et spes - que
pueda garantizar la dignidad personal y la libertad del hombre con la
seguridad que comunica el Evangelio de Cristo confiado a la Iglesia. El
Evangelio enuncia y proclama la libertad de los hijos de Dios, rechaza
todas las esclavitudes, que derivan, en última instancia, del pecado;
respeta santamente la dignidad de la conciencia y su libre decisión;
advierte sin cesar que todo talento humano debe redundar en servicio de
Dios y bien de la humanidad; encomienda, finalmente, a todos a la
caridad de todos... [...]La Iglesia, pues, en virtud del Evangelio que
se le ha confiado, proclama los derechos del hombre y reconoce y estima
en mucho el dinamismo de la época actual, que está promoviendo por todas
partes tales derechos. Debe, sin embargo, lograrse que este movimiento
quede imbuido del espíritu evangélico y garantizado frente a cualquier
apariencia de falsa autonomía. Acecha, en efecto, la tentación de juzgar
que nuestros derechos personales solamente son salvados en su plenitud
cuando nos vemos libres de toda norma divina.".[5]
Por lo tanto, si por un lado, en el curso del tiempo se abrió un
diálogo fructífero entre la Iglesia y la sociedad sobre el tema a lo
largo del tiempo, por otro lado, no con poca frecuencia, suelen estar
marcadas las distancias acerca del contenido y el lenguaje adoptado. En
su enfoque, la Iglesia parte de las palabras del Apóstol: "examinad
todas las cosas y quedaos con lo bueno" (1 Tes. 5:21). Por lo tanto, se
siente libre de llegar a todos los interlocutores posibles, incluso
desde las posiciones más lejanas.
Al mismo tiempo, no debemos olvidar que el punto de partida de todo
diálogo, que realmente quiera ser eficaz, es la conciencia de uno mismo.
Abrirse a otro no significa renunciar a la identidad y las
prerrogativas propias. Allá donde se promueven "derechos" que la Iglesia
considera incompatibles tanto con la ley divina como con la ley
natural, conocible con la recta razón, la Santa Sede no dejará de
levantar su voz en defensa sobre todo de la persona humana. No se trata
de atrincherarse en posturas preconcebidas, sino más bien de defender
el desarrollo armonioso e integral del hombre, porque
desafortunadamente, como señalaba el Papa FRANCISCO, "Está también el
peligro —en cierto sentido paradójico— de que, en nombre de los mismos
derechos humanos, se vengan a instaurar formas modernas de colonización ideológica "[6],
por lo que algunos derechos fundamentales se dañan en nombre de la
promoción de otros derechos. Al mismo tiempo, la legítima defensa de una
identidad cultural no puede ser un pretexto para eximirse del respeto a
los derechos humanos.
En el debate de hoy, es bueno tener en cuenta algunos elementos que
son fundamentales para el diálogo de la Iglesia con sus interlocutores.
El primero que me gustaría señalar es el carácter universal de los
derechos. La Declaración de 1948 se proponía, en efecto, el
objetivo de formular declaraciones que fueran siempre válidas, en toda
época, lugar y cultura, ya que son inherentes a la naturaleza misma de
la persona humana. Hoy notamos una toma de distancias, tanto en algunos
ámbitos del llamado Occidente, como en otros contextos culturales, casi
como si el significado profundo de los derechos humanos se pudiera
contextualizar y aplicar solo en ciertos lugares y en una cierta época,
que ahora parece irremediablemente orientarse hacia el ocaso. En cambio,
es necesario recuperar la dimensión objetiva de los derechos humanos,
basada en el reconocimiento de que “la libertad, la justicia y la paz en
el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y
de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la
familia humana; "[7].
Sin tal visión, se establece un cortocircuito de los derechos que, de
universales y objetivos, se convierten en individuales y subjetivos, con
la consecuencia paradójica de que "cada uno se convierte en medida de
sí mismo y de sus actos", y " esto lleva al sustancial descuido de los
demás, y a fomentar esa globalización de la indiferencia que nace del egoísmo, fruto de una concepción del hombre incapaz de acoger la verdad y vivir una auténtica dimensión social".[8]
Solo manteniendo viva la conciencia de la valencia universal de los
derechos humanos podemos evitar esta deriva, que resulta en la
proliferación de una “ multiplicidad de «nuevos derechos», no pocas
veces en contraposición entre ellos." [9]y,
al mismo tiempo, iniciar un diálogo vasto especialmente en el ámbito de
la ONU donde tienen lugar la mayoría de las discusiones sobre el tema.
Sin embargo, también se debe tener en cuenta que la creciente
irritación que se advierte en muchas partes hacia las organizaciones
internacionales y la diplomacia multilateral, pone hoy en grave peligro
la interlocución sobre los derechos humanos. Por su parte, la Santa Sede
considera fundamental fomentar la confrontación más amplia posible con
todos los hombres de buena voluntad y con aquellas instituciones que
trabajan para proteger los derechos humanos y promover el bien común y
el desarrollo social. El Papa FRANCISCO nos alienta constantemente a
construir puentes y los puentes se pueden construir con múltiples
interlocutores, tanto en el campo multilateral como en el bilateral,
tanto con los Estados como con las organizaciones no gubernamentales,
con los interlocutores religiosos, así como con sujetos laicos y no
confesionales.
En este sentido, la esfera diplomática es privilegiada, ya que
permite desarrollar contactos y relaciones personales a través de las
cuales la Santa Sede puede alcanzar las tierras más lejanas y las
sensibilidades humanas más distantes. Por lo tanto, no debemos renunciar
a la creación de nuevas oportunidades de encuentro, siguiendo la feliz
intuición que el entonces Sustituto de la Secretaría de Estado, Monseñor
Giovanni Battista Montini, tuvo cuando fundó el Círculo di Roma, que
era un foro extraordinario y una sede privilegiada de relaciones
internacionales. Ofreció una oportunidad de conocimiento mutuo y
colaboración a nivel cultural y diplomático, promoviendo, entre otros,
estudios sobre problemas internacionales. También hoy necesitamos puntos
de contacto, en los que todos puedan ofrecer su propia contribución
original respetando la opinión de los demás. Desafortunadamente, no es
infrecuente que algunas ideas preconcebidas y lugares comunes sobre la
Iglesia hagan más difícil una discusión serena.
La interlocución es más complicada sobre todo allí donde se tocan los
ámbitos más íntimos de la vida y de la persona humana sin un anclaje
objetivo. De hecho, el cristianismo se remite a " remitido a la
naturaleza y a la razón como verdaderas fuentes del derecho, (…) a la
armonía entre razón objetiva y subjetiva, una armonía que, sin embargo,
presupone que ambas esferas estén fundadas en la Razón creadora de Dios"[10].
Por el contrario, en los últimos tiempos parece haber prevalecido una
visión fragmentada del hombre, liberado de cualquier vínculo, tanto con
lo sobrenatural como con los otros hombres, de modo que se ha activado
un mecanismo por el cual los derechos humanos están sujetos al
“sentimiento común" de la mayoría. En la reflexión de la Iglesia, sin
embargo, no existen los derechos de "un hombre liberado de cualquier
vínculo", no hay un "hombre fragmentado" en sus diversos aspectos
sociales, económicos, religiosos, etc., sino el hombre en su totalidad.
La Iglesia, por lo tanto, enfoca los derechos humanos sobre la base
de su universalidad, racionalidad y objetividad. Desde este punto de
vista, se entiende el compromiso concreto de la Santa Sede en defensa de
algunos derechos específicos a los que presta especial atención y en
cuya promoción está comprometida.
En primer lugar, está el derecho a la vida contenido en el artículo 3 de la Declaración de 1948[11].
Esta es la verdadera base de todos los derechos humanos. La actividad
multilateral de la Santa Sede, en cualquier foro internacional, así como
en las relaciones con los Estados, siempre tiene como objetivo defender
este derecho. Del mismo modo, no debemos olvidar el compromiso concreto
de la Iglesia a través de las órdenes religiosas y sus numerosas obras
de caridad, así como a través de las numerosas organizaciones no
gubernamentales, inspiradas en el cristianismo. Junto con la defensa del
comienzo de la vida y de su fin natural, que constituye la premisa
fundamental de la promoción del derecho a la vida, hoy existen nuevos
desafíos relacionados con la biotecnología moderna y, a veces,
favorecidos por una legislación más bien permisiva. Surgen preguntas
espinosas sobre la manipulación genética, el tráfico de órganos y los
nuevos hechos de la "hibridación" de la persona humana con el genoma de
otras especies.
Frente a estos desafíos, la Iglesia está comprometida a subrayar el
valor único e irrepetible de cada vida, don precioso de Dios. "El
cristiano- recordaba Benedicto XVI- está continuamente llamado a
movilizarse para afrontar los múltiples ataques a que está expuesto el
derecho a la vida. Sabe que en eso puede contar con motivaciones que
tienen raíces profundas en la ley natural y que por consiguiente pueden
ser compartidas por todas las personas de recta conciencia”.[12]
Desgraciadamente, el derecho a la vida parece ser el más expuesto al
individualismo que caracteriza en particular las sociedades
occidentales. En el intento constante de liberar al hombre de Dios, la
vida deja de ser un don y se considera más bien como una propiedad, de
la cual cada uno puede disponer libremente dentro de los límites
establecidos por el simple consenso de la mayoría. Esto hace que el
diálogo sea más complejo, debido a la dificultad de encontrar un terreno
metafísico y léxico común en el que encontrarse.
En el contexto de la defensa de la vida, la Santa Sede también
participa activamente en la promoción de la eliminación universal de la
pena de muerte. Es un compromiso que toma en cuenta tanto el artículo 3
como el artículo 5[13]
de la Declaración de 1948, que prohíbe las penas crueles, inhumanas y
degradantes. Se trata de una cuestión particularmente importante para el
Santo Padre, quien el pasado 2 de agosto decidió actualizar el
Catecismo de la Iglesia Católica. “Durante mucho tiempo –reza la nueva
fórmula- el recurso a la pena de muerte por parte de la autoridad
legítima, después de un debido proceso, fue considerado una respuesta
apropiada a la gravedad de algunos delitos y un medio admisible, aunque
extremo, para la tutela del bien común. Hoy está cada vez más viva la
conciencia de que la dignidad de la persona no se pierde ni siquiera
después de haber cometido crímenes muy graves. Además, se ha extendido
una nueva comprensión acerca del sentido de las sanciones penales por
parte del Estado. En fin, se han implementado sistemas de detención más
eficaces, que garantizan la necesaria defensa de los ciudadanos, pero
que, al mismo tiempo, no le quitan al reo la posibilidad de redimirse
definitivamente. Por tanto la Iglesia enseña, a la luz del Evangelio,
que «la pena de muerte es inadmisible, porque atenta contra la
inviolabilidad y la dignidad de la persona», FRANCESCO, Discurso a los participantes en el encuentro promovido por el Pontificio Consejo para la Promoción de la Nueva Evangelización, 11 de octubre 2017) y se compromete con determinación a su abolición en todo el mundo”.[14]
En este ámbito, la Santa Sede interactúa sea con los organismos que
promueven la abolición de la pena de muerte apoyando su acción, entre
los cuales debemos mencionar especialmente a la Unión Europea con la que
existe una profunda armonía sobre el tema, sea allí donde hay la
posibilidad, con aquellos países que todavía la aplican, subrayando el
escaso efecto disuasorio que posee, así como el anacronismo de recurrir a
ese castigo en los estados que, en general, están equipados para
proteger adecuadamente la seguridad de sus ciudadanos. Por otra parte,
reiteraba el Papa, " La cautela en la aplicación de la pena debe ser el
principio que rija los sistemas penales, y la plena vigencia y
operatividad del principio pro homine debe garantizar que los
Estados no sean habilitados, jurídicamente o de hecho, a subordinar el
respeto de la dignidad de la persona humana a cualquier otra finalidad,
incluso cuando se logre alcanzar una especie de utilidad social. El
respeto de la dignidad humana no sólo debe actuar como límite de la
arbitrariedad y los excesos de los agentes del Estado, sino como
criterio de orientación para perseguir y reprimir las conductas que
representan los ataques más graves a la dignidad e integridad de la
persona humana. " [15]
Con referencia a los artículos 13[16] y 14[17] de la Declaración de
1948, la Santa Sede está comprometida en promover los derechos de los
migrantes y de los refugiados. En las diversas crisis de los últimos
años, el Santo Padre no ha dejado de hacer oír su voz ante una tragedia
de inmensas proporciones, fuertemente dañosa para la dignidad humana.
También en este caso, los interlocutores son muchos, a partir de la
comunidad internacional y, por lo tanto, de las Naciones Unidas, con
quien la Santa Sede está trabajando desde hace ya un par de años en la
definición de los Global Compacts sobre migrantes y refugiados,
que serán adoptados dentro del 'año. Lamentablemente, es doloroso
constatar que algunos países se están retirando de la discusión.
Por su parte, la Santa Sede, a través de las Misiones Permanentes en
Nueva York, por lo que concierne a los migrantes, y en Ginebra, con
respecto a los refugiados, continúa ofreciendo su contribución activa a
las discusiones y consultas preparatorias, promoviendo la visión del
Pontífice centrada en torno a cuatro verbos: acoger, proteger, promover e
integrar[18].
También durante sus viajes apostólicos, el primero de los cuales estuvo
dedicado precisamente a los migrantes, con la visita a la isla de
Lampedusa, el Papa Francisco no ha dejado de recordar la urgente
necesidad de cuidar de aquellos que se ven obligados a abandonar sus
tierras debido a de guerras y persecuciones, así como por el hambre y
las dificultades económicas. Sabemos que su compromiso con la promoción
de la dignidad de los más débiles, especialmente de los niños y
adolescentes que se ven forzados a vivir lejos de su patria y separados
de los afectos familiares, le ha acarreado a veces la hostilidad,
especialmente de aquellos que han visto su territorio fuertemente
afectado por las recientes oleadas migratorias.
Sin embargo, no hay que detenerse en los malentendidos. El mismo Papa
FRANCISCO no ha dejado de subrayar que la acogida debe ser razonable,
es decir, debe ir acompañada de la capacidad de integración y de la
prudencia de los gobernantes[19].
Afirmar el derecho de quien es débil a recibir protección no significa
eximirlo del deber de respetar el lugar que lo acoge, con su cultura y
sus tradiciones. Por otro lado, el deber de los Estados de intervenir en
favor de quienes están en peligro no significa abdicar del derecho
legítimo de proteger y defender a sus ciudadanos y sus valores. En este
sentido, debe señalarse que, no pocas veces, en los últimos años la
política ha renunciado a su papel de mediación social para construir el
bien común, cediendo a la tentación imprudente de buscar el consenso
fácil y foguear los temores ancestrales de la población. También en el
contexto internacional, hay que lamentar la menor propensión a
colaborar en la búsqueda de soluciones compartidas entre los Estados,
frente a la prevalencia de nuevas formas de nacionalismo. Estas
dificultades no eliminan el compromiso de la Santa Sede en la búsqueda
de un diálogo constructivo con todos para defender las vidas en peligro,
ni el esfuerzo de la Iglesia y sus instituciones caritativas para
interactuar con la sociedad civil para fomentar soluciones concretas que
alivien el sufrimiento de los migrantes y protejan la vida y las
actividades de los ciudadanos.
Por último, quisiera recordar el artículo 18 de la Declaración Universal de Derechos Humanos,
a saber, " toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de
conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de
religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o
su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en
privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia” Como
se sabe, este es un derecho sobre el cual la Iglesia, después de un
largo rechazo, ha elaborado su propia reflexión profunda a partir de los
años del Concilio Vaticano II, con la Declaración Dignitatis Humanæ,
que establece que " la persona humana tiene derecho a la libertad
religiosa. Esta libertad consiste en que todos los hombres han de estar
inmunes de coacción, tanto por parte de individuos como de grupos
sociales y de cualquier potestad humana, y esto de tal manera que, en
materia religiosa, ni se obligue a nadie a obrar contra su conciencia,
ni se le impida que actúe conforme a ella en privado y en público, sólo o
asociado con otros, dentro de los límites debidos. »[20].
Como recordaba el Papa Ratzinger, para la Santa Sede se trata del
“primer derecho del hombre, porque expresa la realidad más fundamental
de la persona."[21].
Por otro lado,"Cuando se reconoce la libertad religiosa, la dignidad
de la persona humana se respeta en su raíz, y se refuerzan el ethos
y las instituciones de los pueblos. Y viceversa, cuando se niega la
libertad religiosa, cuando se intenta impedir la profesión de la propia
religión o fe y vivir conforme a ellas, se ofende la dignidad humana, a
la vez que se amenaza la justicia y la paz. "[22].
A su vez, el Papa FRANCISCO explicaba que " la razón reconoce en la
libertad religiosa un derecho fundamental del hombre que reflexiona su
más alta dignidad, la de poder buscar la verdad y de adherirse a ella, y
reconoce en ella una condición indispensable para poder desplegar toda
la propia potencialidad. La libertad religiosa no es sólo la de un
pensamiento o de un culto privado. Es la libertad de vivir según los
principios éticos consiguientes a la verdad encontrada, sea privada que
públicamente. "[23].
No son pocos, de hecho, los intentos de reducir la libertad religiosa a
la esfera meramente privada de la persona, así como también los de
hacer que los derechos civiles dependan de la afiliación religiosa. La
Santa Sede, por lo tanto, está en primera línea en la promoción del
derecho a la libertad religiosa, trabajando por un lado para evitar la
marginación de la religión en la sociedad civil, por el otro para que en
todas las sociedades los derechos de todos los ciudadanos estén
igualmente protegidos independientemente de sus creencias religiosas.
Junto con la libertad religiosa, es importante afirmar la libertad de
conciencia. “Esta libertad consiste en que todos los hombres han de
estar inmunes de coacción, tanto por parte de individuos como de grupos
sociales y de cualquier potestad humana,"[24].
En nuestros días, se asiste con preocupación a los intentos de reducir
este derecho que corre el riesgo de ser marginados y limitados,
especialmente en lo que respecta a la objeción de conciencia en materias
delicadas relacionadas con la vida. Para la Iglesia, la objeción de
conciencia es, en cambio, un derecho fundamental ya que, como afirma Gaudium et Spes," La conciencia es el núcleo más secreto y el sagrario del hombre"[25], y por lo tanto no puede violarse sin dañar a la persona humana
Ilustres oradores,
Señoras y señores,
Al concluir esta breve revisión, me gustaría resaltar el elemento
fundamental para la Iglesia en su interlocución en el campo de los
derechos humanos. Lo hago a partir de una imagen que tomo del décimo
capítulo del Evangelio según Lucas. Es la parábola del buen samaritano
que ayuda a un malparado por el camino que cruza el desierto de Judá,
una tierra para él extranjera y hostil. Aquellos que han cubierto ese
tramo del camino comprenden las dificultades: los descensos pronunciados
y el calor sofocante acompañan al viajero en los mil metros de desnivel
que separan a Jerusalén de Jericó. Lucas nos habla de un hombre que,
bajando ese camino áspero, se encuentra con los bandidos que lo dejan
malherido. Ni el sacerdote ni el levita lo ayudan, de hecho, al verlo,
lo evitan, casi, para marcar deliberadamente una distancia. Solo un
extranjero no tiene miedo de acercarse al malparado, lo cuida, lo
acompaña a una posada cercana y se ocupa de su manutención hasta su
completa curación.
En esta parábola que acompaña la enunciación del mandamiento del amor,
podemos encontrar expresada la idea inspiradora de los derechos humanos.
La expreso con una paradoja: en el origen de los derechos humanos no
hay un derecho, ni tantos hay un deber. El viajero herido no tiene el
derecho de ser atendido, ni en sí mismo el deber de ninguno de los
transeúntes es asistirlo. Originalmente solo hay la compasión y la
gratuidad, -en términos cristianos decimos caridad-, de un hombre que
descubre a otro hombre en peligro. Mirar al hombre, independientemente
de sus características físicas, mentales, étnicas o religiosas, como una
persona con su dignidad inherente es precisamente la novedad que Jesús
introduce en el mundo con la parábola del Buen Samaritano. En este
sentido, el concepto mismo de derecho humano tiene grabado en su ADN la
caridad evangélica que completa y, -podríamos decir-, sublima la
naturaleza misma del hombre. Con esto no pretendo afirmar una
coincidencia entre el mensaje evangélico y los derechos humanos. Hay una
diferencia profunda y radical, ya que los últimos apelan a la razón y a
la ley natural, mientras que el primero apela a la revelación divina.
Sin embargo, como no hay coincidencia, tampoco hay oposición allí donde
en el centro está el hombre en su integridad racional, afectiva y
social, y los derechos se entienden y se profundizan de acuerdo con la
recta razón. Por lo tanto, la Iglesia enfoca positivamente los derechos
humanos, porque a través de ellos toda la humanidad toma conciencia de
la dignidad de cada persona humana. En esta perspectiva, la Santa Sede
trabaja por un debate sereno, fructífero y honesto. Esto requiere, -como
mencioné anteriormente-, resaltar las posibles dificultades y
malentendidos que surgen cuando la interlocución se basa en un lenguaje
líquido, como el lenguaje contemporáneo, en el que las palabras
adquieren significados ambiguos.
Pensándolo, ambiguas, no son tanto las palabras como la antropología
subyacente, que quizás de manera demasiado apresurada ha dejado al
margen la contribución judeocristiana a la filosofía griega y al derecho
romano. Si, por un lado, el concepto de derechos humanos surge en el
contexto revolucionario francés en oposición a la Iglesia, no se puede
callar que rinde un homenaje innegable a la sensibilidad cristiana en la
que se formaron los escritores de la Declaración de 1789. La
dificultad de nuestro tiempo no estriba tanto en el intento de liberar a
los derechos humanos de cualquier vínculo con el cristianismo; -esto no
es lo que nos preocupa-, sino la pérdida del anclaje filosófico y
jurídico de los derechos en sí, de modo que, en una evolución continua y
deseosa de novedades, el pensamiento occidental termina por disminuir
la arquitectura misma de los derechos que había enunciado. Sin una
visión antropológica clara, todo derecho llama a otros derechos, que
terminan devorándose y reprimiéndose mutuamente.
La tentación moderna es acentuar mucho la palabra "derechos", dejando
de lado la más importante: "humanos". Si los derechos pierden su nexo
con la humanidad, se convierten solo en expresiones de grupos de
interés y prevalece, como dice el Papa FRANCISCO, "una concepción de
persona humana desligada de todo contexto social y antropológico, casi
como una «mónada» (μονάς), cada vez más insensible a las otras «mónadas»
de su alrededor.»[26].
Del mismo modo, como hemos mencionado, los deberes relacionados con
ellos caen, y así al afirmar los derechos del individuo, ya no se tiene
en cuenta que " cada ser humano está unido a un contexto social, en el
cual sus derechos y deberes están conectados a los de los demás y al
bien común de la sociedad misma.".[27]
En el debate sobre los derechos, el desafío para la Iglesia y, por lo
tanto, también para la Santa Sede en los diversos foros internacionales
no es defender posiciones o "poseer espacios"[28],
como diría el Papa, sino proponer de manera simple y transparente su
visión del hombre: no el producto solitario del azar, sino el hijo de
un Padre amoroso, que " a todos da la vida, el aliento y todas las
cosas" (Hechos 17:25). Es un camino arduo, que sin duda merece ser
recorrido.
Gracias.
[1] Cfr. D. Menozzi, Chiesa e diritti umani, Il Mulino, Bologna 2012, 28.
[2]
Esto resultaba particularmente evidente en la Declaración de Francia.
El tema de los derechos ya había aparecido unos años antes en la
Declaración de Independencia de los Estados Unidos de América, que sin
embargo conserva una referencia a Dios Creador.Cfr. Declaración de
independencia de los Estados Unidos de América «We hold these truths to
be self-evident, that all men are created equal, that they are endowed
by their Creator with certain unalienable Rights, that among these are
Life, Liberty and the pursuit of Happiness».
[3] D. Menozzi¸ Chiesa e diritti umani, cit., 39.
[4] León XIII, Cart. enc. «Rerum novarum», 15 mayo 1891, 8.
[5] Concilio Ecuménico Vaticano II, Constitución pastoral «Gaudium et Spes» sobre la Iglesia en el mundo contemporáneo 7 diciembre 1965, 41.
[6] [6] FRANCISCO, Discurso a los miembros del Cuerpo Diplomático acreditado ante la Santa Sede, Sala Regia, 8 enero 2018.
[7] Declaración Universal de los Derechos Humanos 10 diciembre 1943 (a partir de ahora DDU), preámbulo.
[8] FRANCISCO, Discurso al Consejo de Europa, Estrasburgo, 25 noviembre 2014.
[9] Discurso a los miembros del Cuerpo Diplomático acreditado ante la Santa Sede, Sala Regia, 8 enero 2018
[10] Benedicto XVI, Discurso al Bundestag, Berlín, 22 settembre 2011.
[11] DDU art 3. “Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona”.
[12] Benedicto XVI, Discurso a los participantes en la Asamblea General de la Pontificia Academia para la Vida, Sala Clementina, 24 febrero 2007.
[13] DDU “Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes”. Art.5
[14] Catecismo de la iglesia Católica, 2267.
[15] FRANCISCO, Discurso a la Delegación de la Asociación Internacional de Derecho Penal, Sala de los Papas, 23 octubre 2014.
[16] DDU, art. 13, n.2” Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país”.
[17] DDU, art. 14:
En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a
disfrutar de él, en cualquier país. 2. Este derecho no podrá ser
invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos
comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las
Naciones Unidas.
[18] Cfr. FRANCISCO, Discurso a los participantes en el Foro Internacional “Migraciones y Paz”, 21 febrero 2017.
[19] Cfr. FRANCISCO, Rueda de prensa durante el vuelo de regreso de Irlanda,
26 agosto 2018: « Está la apertura del corazón a todos, sufrir;
después, la integración como condición para acoger; y después la
prudencia de los gobernantes para hacer esto».
[20] Concilio Ecuménico Vaticano II, Declaración «Dignitatis Humanae», 2.
[21] Benedicto XVI, Discurso al Cuerpo Diplomático acreditado ante la Santa Sede, Sala Regia, 9 enero 2012.
[22] Benedicto XVI, Mensaje para la XLIV Jornada Mundial de la Paz (1° enero 2011), 8 diciembre 2010, 5.
[23] FRANCISCO, Discurso
a los participantes en el congreso internacional «La libertad
religiosa según el derecho internacional y el conflicto global de los
valores” Sala del Consistorio, 20 junio 2014.
[24] Dignitatis Humanae, cit., 2.
[25] Gaudium et Spes, cit., 16.
[26] FRANCISCO, Discorso al Parlamento Europeo, Strasburgo, 25 noviembre 2014.
[27] Ibíd.
[28] FRANCISCO, Ex. ap. «Evangelii gaudium», 24 noviembre 2013, 223.