CIUDAD DEL VATICANO (http://press.vatican.va - 8 de julio de 2017).- Carta de la Congregación para el Culto
Divino y la Disciplina de los Sacramentos a los Obispos sobre el pan y
el vino para la Eucaristía.
Carta circular a los Obispos sobre el pan y el vino para la Eucaristía
1. La Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los
Sacramentos, por encargo del Santo Padre Francisco, se dirige a los
Obispos diocesanos (y a quienes se les equiparan en el derecho) para
recordar que les compete, sobre todo, a ellos proveer dignamente lo
necesario para la celebración de la Cena del Señor (cf. Lc 22,8.13).
Compete al Obispo, primer dispensador de los misterios de Dios,
moderador, promotor y custodio de la vida litúrgica en la Iglesia a él
confiada (cf. CIC can. 835 §1), vigilar la calidad del pan y del vino
destinados a la Eucaristía y, por tanto, a aquellos que los preparan.
Con el fin de ayudar, se recuerdan las disposiciones vigentes y se
sugieren algunas indicaciones prácticas.
2. Mientras que hasta ahora, por lo general, algunas comunidades
religiosas se ocupaban de preparar el pan y el vino para la celebración
de la Eucaristía, hoy se venden también en los supermercados, en otros
negocios y a través de internet. Este Dicasterio, para no dejar dudas
acerca de la validez de la materia eucarística, sugiere a los Ordinarios
dar indicaciones al respecto, por ejemplo, garantizando la materia
eucarística mediante certificados apropiados.
Es el Ordinario el que debe recordar a los presbíteros, en particular
a los párrocos y a los rectores de las iglesias, su responsabilidad
para comprobar quién es la persona encargada de proveer el pan y el vino
para la celebración, así como la idoneidad de la materia.
Además, corresponde al Ordinario informar y recordar a los
productores del vino y del pan para la Eucaristía el respeto absoluto de
las normas.
3. Las normas acerca de la materia eucarística, indicadas en el can. 924 del CIC y en los números 319 - 323 de la Institutio generalis Missalis Romani, han sido ya explicadas en la Instrucción Redemptionis Sacramentum de esta Congregación (25 de marzo de 2004):
a) “El pan que se emplea en el santo Sacrificio de la Eucaristía
debe ser ázimo, de sólo trigo y hecho recientemente, para que no haya
ningún peligro de que se corrompa. Por consiguiente, no puede constituir
la materia válida, para la realización del Sacrificio y del Sacramento
eucarístico, el pan elaborado con otras sustancias, aunque sean
cereales, ni aquel que lleva mezcla de una sustancia diversa del trigo,
en tal cantidad que, según la valoración común, no se puede llamar pan
de trigo. Es un abuso grave introducir, en la fabricación del pan para
la Eucaristía, otras sustancias como frutas, azúcar o miel. Es claro que
las hostias deben ser preparadas por personas que no sólo se distingan
por su honestidad, sino que además sean expertas en la elaboración y
dispongan de los instrumentos adecuados” (n. 48).
b) “El vino que se utiliza en la celebración del santo
Sacrificio eucarístico debe ser natural, del fruto de la vid, puro y sin
corromper, sin mezcla de sustancias extrañas. [...] Téngase diligente
cuidado de que el vino destinado a la Eucaristía se conserve en perfecto
estado y no se avinagre. Está totalmente prohibido utilizar un vino del
que se tiene duda en cuanto a su carácter genuino o a su procedencia,
pues la Iglesia exige certeza sobre las condiciones necesarias para la
validez de los sacramentos. No se debe admitir bajo ningún pretexto
otras bebidas de cualquier género, que no constituyen una materia
válida” (n. 50).
4. La Congregación para la Doctrina de la Fe, en la Carta circular a
los Presidentes de las Conferencias Episcopales acerca del uso del pan
con poca cantidad de gluten y del mosto como materia eucarística (24 de
julio de 2003, Prot. N. 89/78 – 17498), ha indicado las normas respecto
a las personas que, por diversos y graves motivos, no pueden tomar pan
preparado normalmente o vino normalmente fermentado:
a) “Las hostias sin nada de gluten son materia inválida para la Eucaristía. Son materia válida las hostias con la mínima cantidad de
gluten necesaria para obtener la panificación sin añadir sustancias
extrañas ni recurrir a procedimientos que desnaturalicen el pan” (A.
1-2).
b) “Es materia válida para la Eucaristía el mosto, esto
es, el zumo de uva fresco o conservado, cuya fermentación haya sido
suspendida por medio de procedimientos que no alteren su naturaleza (por
ejemplo el congelamiento)” (A.
c) “Es competencia del Ordinario conceder a los fieles y a los
sacerdotes la licencia para usar pan con una mínima cantidad de gluten o
mosto como materia para la Eucaristía. La licencia puede ser concedida
habitualmente, mientras dure la situación que la ha motivado” (C. 1).
5. Además, dicha Congregación ha decidido que la eucarística
preparada con organismos genéticamente modificados puede ser considerada
materia válida (cf. Carta al Prefecto de la Congregación para el Culto
Divino y la Disciplina de los Sacramentos acerca de la materia
eucarística preparada con organismos genéticamente modificados, 9 de
diciembre de 2013, Prot. N. 89/78 – 44897).
6. Los que preparan el pan y producen el vino para la celebración
deben ser conscientes que su obra está orientada al Sacrificio
Eucarístico y esto pide su honestidad, responsabilidad y competencia.
7. Para que se cumplan estas normas generales, los Ordinarios, si lo
estiman oportuno, pueden ponerse de acuerdo como Conferencia Episcopal,
dando indicaciones concretas. Vista la complejidad de situaciones y
circunstancias, así como la falta de respeto en el ámbito sagrado, se
advierte la necesidad práctica que, por encargo de la Autoridad
competente, haya quien garantice efectivamente la genuinidad de la
materia eucarística por parte de los fabricantes como de su conveniente
distribución y venta.
Se sugiere, por ejemplo, que una Conferencia Episcopal pueda encargar
a una o más Congregaciones religiosas u otra Entidad capaz de verificar
las garantías necesarias sobre la producción, conservación y venta del
pan y del vino para la Eucaristía en un determinado país y en los países
en los que se exportan. Se recomienda también que el pan y el vino
destinados a la Eucaristía sean convenientemente tratados en los lugares
de venta.
En la sede de la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina
de los Sacramentos, a 15 de junio de 2017, solemnidad del Santísimo
Cuerpo y Sangre de Cristo.
Robert Card. Sarah
Prefecto
X Arthur Roche
Arzobispo Secretario